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¿Sabías que puedes reincorporarte al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) como Persona Física aunque hayas presentado tu declaración extemporáneamente?





El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas es una excelente opción para aquellos contribuyentes que buscan simplificar su situación fiscal y pagar menos impuestos. Sin embargo, si presentas tu declaración anual de manera extemporánea, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría darte de baja del RESICO. Además, según la Resolución Miscelánea Fiscal, no podrías volver a reincorporarte al régimen.

 

Pero aquí hay una noticia importante: esta prohibición no está establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), que regula el RESICO para personas físicas. ¿Qué significa esto para ti? Que puedes defender tu derecho a reincorporarte al régimen, incluso si el SAT te ha dado de baja por presentar la declaración fuera de tiempo.

 

La Ley del ISR no prohíbe tu reincorporación al RESICO como Persona Física


La Ley del ISR no contiene ninguna disposición que impida a las personas físicas reincorporarse al RESICO después de presentar su declaración anual de manera extemporánea. Esto significa que la restricción impuesta por la Resolución Miscelánea Fiscal podría estar violando principios constitucionales, por lo que la decisión de no reincorporarte es ilegal. En términos simples, una disposición administrativa no puede restringir tus derechos si la ley no lo permite explícitamente.

 

¿Qué hacer si el SAT rechaza tu reincorporación al RESICO?


Si el SAT te niega la reincorporación al RESICO argumentando que presentaste tu declaración de manera extemporánea, no todo está perdido. Es posible defender tu reincorporación, ya que esta prohibición no está sustentada en la ley. Con la asesoría legal correcta, puedes desarrollar argumentos y una estrategia para orillar al SAT a reconsiderar su decisión y te permita reincorporarte al RESICO como persona física.

 

No pierdas los beneficios del RESICO como Persona Física


Los beneficios del Régimen Simplificado de Confianza son significativos: tasas reducidas de ISR y una gestión fiscal más sencilla. Si fuiste dado de baja del RESICO, no dudes en defender tus derechos. Te ayudamos a recuperar los beneficios de este régimen y a mantenerte en cumplimiento con tus obligaciones fiscales de manera efectiva y sin complicaciones

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